Google, Italia y el (des)control de los contenidos
Los orígenes de Internet se remontan a 1969 cuando las universidades de California, Stanford, Utah y UCLA (Los Angeles) se conectaron entre sí por primera vez. Aquel ambicioso proyecto fue denominado ARPANET y resultó todo un éxito. Hoy, 41 años más tarde, aquel proyecto primerizado y revolucionario ha desembocado en ti leyendo esto sentado en tu escritorio y en mí escribiéndolo para compartirlo con todo el planeta a través de una serie de protocolos y aplicaciones.
Internet es grande. Internet es enorme. Ridículamente masiva y sin ningún tipo de límite en su crecimiento. Y también es libre. Pero ya no sólo libre porque no se le aplique un control más o menos restrictivo. Es libre porque es ingobernable. Nadie puede monitorizar todas las estrellas del universo. Nadie puede supervisar la mitosis de todas las células de un organismo. Nadie puede controlar la floreciente explosión de archivos y documentos subidos a Internet. Es totalmente inviable a no ser que hablemos de un pequeño servidor con un puñado de usuarios y un contenido que pueda ser filtrado a partir de un software que detecte patrones en la composición de la información compartida. Pero ni la codificación de vídeo permite trazar esos patrones que representen lo que se mostrará en la secuencia visual ni Google resulta ser la red privada de un grupo de amiguetes. Google abarca muchísimo y sus tentáculos en forma de buscador y aplicaciones alcanzan cualquier lugar del planeta por escondido que esté. Aparte de su excelente olfato rastreador, también ofrece una amplia variedad de servicios alojados en sus propios servidores. Uno de estos servicios se llama Google Video y hasta 2009 permitía el alojamiento de vídeos subidos por usuarios. Sólo es necesaria una conexión a Internet, una cuenta de usuario gratuita y el archivo de vídeo en cuestión que se desea subir a la red. Por lo cual, prácticamente cualquier persona que se encuentre en cualquier país que tenga acceso a Google, puede añadir sus vídeos a la ya interminable lista de archivos disponibles. Y precisamente aquí nace el problema de Google con la justicia italiana.
La humanidad es capaz de cosas extraordinarias pero también es proclive a cometer aberraciones y crueldades que harían palidecer al mismísimo Satán. Un excelente ejemplo de esta maldad inherente a la especie sucedió en Turín en Mayo de 2006 en forma de insultos y agresiones por parte de cuatro estudiantes hacia otro joven autista. Esta horrible y reprobable vejación fue grabada en vídeo y ese mismo año, exactamente el 8 de Septiembre, fue subida al gestor de vídeos de Google. Durante los 2 meses que el archivo estuvo disponible (fue retirado el 7 de Noviembre) gozó de gran número de visitas (aproximadamente 5.500 contabilizadas) y alcanzó el puesto 29 en el ranking de los vídeos más vistos. Google retiró las imágenes de inmediato en cuanto supo de su existencia y además colaboró con la policía italiana para identificar al responsable de dicho vídeo. Gracias a esta colaboración, el autor fue localizado y condenado junto al resto de implicados a 10 meses de servicios comunitarios. El asunto bien podría haber terminado aquí pero ahora la justicia italiana, tras 3 largos años de investigación, contraataca condenando a 6 meses de cárcel a dos de los que fueron dirigentes de Google en Italia cuando el vídeo fue colgado (David Carl Drummon, actual vicepresidente senior del gigante virtual y George de los Reyes, hoy día jubilado) y a un tercero responsable de la estrategia de privacidad para Google Europe (Peter Fleitcher, actualmente en el cargo). Los afectados no tendrán que cumplir la sentencia según el modelo jurídico italiano aunque esto no alivia el hecho de haber sido declarados culpables del delito de incumplimiento del código de privacidad. Tampoco es un bálsamo el que se desestimase la acusación de omisión culpable y difamación o que se denegase el resarcimiento solicitado por el ayuntamiento de Milán y la asociación de personas con el síndrome de Down Vividown, que no dudaron en subirse al carro de la compensación económica antes de comprobar que el chico vejado en el vídeo no padecía síndrome de Down si no que era autista. Por otro lado, Arvind Desikan, reponsable del proyecto Google Video en Europa, ha sido absuelto de todos los cargos.
Las réplicas han surgido rápidas y contundentes como la de Marco Pancini, portavoz de Google Italia, que ha dejado bastante claro que con este suceso se vulnera la libertad sobre la que se fundamenta Internet. También anuncia la sorpresa de los ahora declarados culpables por el hecho de que ellos no grabaron, colgaron ni siquiera vieron el vídeo de la discordia. Google ha anunciado que recurrirá la sentencia.
Toda esta situación sienta un peligroso y desagradable precedente a partir del cual se podrían llegar a exigir responsabilidades penales a los dueños, gestores o responsables de sitios web a causa del contenido vertido en ellos por terceras personas. Es posible que, una vez más, se haya aplicado esta condena turbadora e incoherente porque el encargado de estudiar el caso, en este caso el juez asignado, no termina de comprender el funcionamiento o naturaleza de aquello que está juzgando generando así un juicio sesgado, irreal y quizá ajustado a otro proceso judicial previo que se le antoje similar aunque en realidad no exista ninguna similitud entre ambos. A día de hoy es imposible examinar todos los contenidos vertidos en un servidor público de semejantes dimensiones. De tener que hacerlo, Internet perdería su sentido del dinamismo, del “aquí y ahora” y se coartaría la colaboración de todos los usuarios sin excepción.
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